Se Prorroga La Importación De Arroz

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (SE PRORROGA LA IMPORTACIÓN DE ARROZ) DECRETO No. 7, Aprobado el de 1 de Octubre de 1955 Publicado en La Gaceta No.239 del 21 de Octubre de 1955 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades que le otorga el ordinal 3) del Art. 195 Cn y la Ley de Defensa al Consumidor de Artículos Nacionales de Primera Necesidad en Períodos de Escasez de fecha 15 de Junio de 1955, DECRETA: Artículo. 1o.- Se prorroga hasta el 2 de Noviembre próximo entrante la vigencia del Decreto No.6 de 29 de Julio del corriente año. Artículo. 2o.- El monto total de autorizaciones para la importación de arroz que expida el Departamento de Emisión del Banco Nacional de Nicaragua durante la prórroga, no podrá exceder de quince mil quintales. Artículo. 3o.- Publíquese el presente Decreto en <La Gaceta>, Diario Oficial. Comuníquese.-Casa Presidencial.-Managua, Distrito Nacional, uno de Octubre de mil novecientos cincuenta y cinco.- A. SOMOZA.-El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, E. Delgado. -