(Se Prorroga El Estado De Sitio En Los Departamentos Del Norte) 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales Rango: Decretos Ejecutivos - (SE PRORROGA EL ESTADO DE SITIO EN LOS DEPARTAMENTOS DEL NORTE) Aprobado el 21 de Octubre de 1921 Publicado en La Gaceta No. 237 del 21 de Octubre de 1921 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En vista de que todavía subsisten las causas que motivaron el estado de sitio decretado el 22 de agosto último, en Consejo de Ministros DECRETA: 1. Prorrogar por el término de sesenta días, que se contará del 23 del corriente, el estado de sitio en que se encuentra la República. 2. Este decreto se publicará por bando en todas las cabeceras departamentales. Dado en la Casa Presidencial. Managua, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos veintiuno. DIEGO M. CHAMORRO. El Ministro de la Gobernación y Anexos, HUMBERTO PASOS DÍAZ. El Ministro de Relaciones Exteriores e Instrucción Pública, MÁXIMO H. ZEPEDA, El Ministro de Fomento y Obras Públicas, TOMÁS MASÍS. El Ministro de la Guerra y Marina, NARCISO LACAYO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, GUSTAVO ALBERTO ARGÜELLO. -