Se Manda Publicar En Un Solo Cuerpo La Ley Electoral De 20 De Marzo De 1923 Y Sus Reformas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales Rango: Decretos Ejecutivos - (SE MANDA PUBLICAR EN UN SOLO CUERPO LA LEY ELECTORAL DE 20 DE MARZO DE 1923 Y SUS REFORMAS) No. 105, Aprobado el 29 de Julio de 1930 Publicado en La Gaceta No.167 del 31 de Julio de 1930 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que la Ley electoral de 20 de marzo de 1923, que es la que está en vigencia, ha sido reformada por Decreto Ejecutivo de 26 del corriente; y que aproximándose el período de las elecciones para Representantes al Congreso Nacional, conviene dictar las medidas que tiendan a la exposición clara de la citada ley, para su mejor inteligencia y observancia, es del caso ordenar su publicación en un solo cuerpo, con las reformas incorporadas en el orden correspondiente. POR TANTO: En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Mandar publicar en un solo cuerpo la Ley Electoral de 20 de marzo de 1932 con sus reformas incorporadas hechas por Decreto Ejecutivo de 26 del corriente mes, debiendo tenerse dicha edición como auténtica y oficial. Artículo 2.- Este decreto empezará a regir desde su publicación en La Gaceta Oficial. Dado en Casa Presidencial.  Managua, veintinueve de julio de mil novecientos treinta.  J. M. MONCADA.  El Ministro de la Gobernación  BENJ. ABAUNZA. -