Se Le Otorga Reconocimiento A La Hermana República De Osetia Del Sur, Como Nuevo Miembro De La Comunidad De Naciones Independientes Del Mundo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - (SE LE OTORGA RECONOCIMIENTO A LA HERMANA REPÚBLICA DE OSETIA DEL SUR, COMO NUEVO MIEMBRO DE LA COMUNIDAD DE NACIONES INDEPENDIENTES DEL MUNDO) DECRETO No. 46-2008. Aprobado el 03 de Septiembre de 2008 Publicado en La Gaceta N° 174 del 09 de Septiembre de 2008 El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO I Que el artículo 5, párrafo quinto, de la Constitución Política de Nicaragua establece los principios de amistad, solidaridad y respeto que deben conducir las relaciones internacionales de Nicaragua con otros pueblos, y que dirige el Presidente de la República, de conformidad con lo establecido en los numerales 2 y 8 del artículo 150 de nuestra Carta Magna. II Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la ,República de Nicaragua, en el ejercicio de sus derechos soberanos, y apegado a los principios establecidos en la Carta de Naciones Unidas y el derecho de los pueblos del mundo para ser independientes y soberanos, reconoce el derecho a la independencia de la hermana República de Osetia del Sur. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1. Otórguese, en nombre del Estado de Nicaragua, el pleno reconocimiento a la hermana República de Osetia del Sur, como nuevo miembro de la Comunidad de Naciones Independientes del Mundo, a quien le damos la bienvenida. Artículo 2. Instruyese al Ministro de Relaciones Exteriores para que proceda a los trámites necesarios, conforme Ley, para la consumación de dicho reconocimiento, y el establecimiento pleno de relaciones diplomáticas con la hermana República de Osetia del Sur. Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir su publicación por cualquier medio de difusión nacional, independientemente de su publicación posterior en La Gaceta, Diario Oficial. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día tres de septiembre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Manuel Coronel Kautz, Ministro de Relaciones Exteriores por Ley. -