Se Declaran Libres De Derechos Unos Materiales

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Infraestructura Rango: Decretos Ejecutivos - SE DECLARAN LIBRES DE DERECHOS UNOS MATERIALES DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 4 de Septiembre de 1905 Publicado en La Gaceta No. 2610 del 9 de Septiembre de 1905 El Presidente de la República, Considerando: que el material conocido con el nombre de ruberoide se emplea con buen éxito en el extranjero, para cubrir los techos de las casas: Considerando: que su uso implica una gran economía en la construcción de edificios; pues á causa de su poco peso no hace necesaria la abundancia y grosor del maderamen en los techos, en uso de sus facultades, Decreta: 10  Declarar libres de derechos aduaneros el material ya dicho de ruberoide y sus accesorios, como rubreino ojetes y clavos. 20  El presente decreto comenzará á regir desde la fecha de su publicación en el «Diario Oficial». Dado en Managua, á cuatro de septiembre de mil novecientos cinco  J .S. Zelaya  El Ministro de Hacienda, por la ley  Pedro P. Argüello. -