Se Amplia El Decreto Número 46 De 28 De Agosto De 1935

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - (SE AMPLIA EL DECRETO NÚMERO 46 DE 28 DE AGOSTO DE 1935) DECRETO No. 80, Aprobado el 17 de Abril de 1936 Publicado en La Gaceta No. 94 del 29 de Abril de 1936 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO Que el Poder Ejecutivo aún no está preparado para poner a la venta el papel timbrado en bobinas a que se refiere el Decreto Legislativo de 19 de Agosto de 1935, en relación con el impuesto de consumo sobre tabaco, Que estando por agotarse la existencia de timbres emitidos de conformidad con Decreto Ejecutivo No. 46 de 28 de Agosto de 1935, DECRETA Único: Ampliar el referido Decreto No. 46 de 21 de Agosto de 1935, emitiendo Siete Millones (7.000.000) más de timbres, con un valor total de Ciento Dieciocho Mil Ochocientos Córdobas (C$ 118,800.00), así: 240,000 timbres de ½ centavo c/u, color Violeta claro C$ 1,200.00 1,760,000 timbres de ½ centavo c/u, color Azul oscuro 17,600.00 5,000,000 timbres de 2 centavos c/u, color Rojo carmín 100,000.00 Suman C$ 118,800.00 Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 17 de Abridle 1936. SACASA. El Secretario de Hacienda y C. Público, FRANCO CASTRO. -