Restablecimiento De Tribunales Y Juzgados

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (RESTABLECIMIENTO DE TRIBUNALES Y JUZGADOS) Aprobado el 10 de Junio de 1926 Publicado en La Gaceta Nº 137 del 17 de Junio de 1926 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, SABED Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1.- Desde el día primero de julio del corriente año queda restablecido el ejercicio de todas las funciones judiciales de la República, y en consecuencia, se abrirán los juzgados y tribunales judiciales en todo el país. Artículo 2.- Este decreto se publicará por bando en todas las cabeceras departamentales. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados  Managua, 10 de junio de 1926  JUAN PRIETO, D. P.- ANT. CRUZ HURTADO, D. S. J. JOAQUÍN MORALES, D. S. Al Poder Ejecutivo  Cámara de Senadores  Managua, 12 de Junio de 1926  SEBASTIÁN URIZA, S. P. JUAN DE D. PASTORA, S. S. J. M. JIMÉNEZ, S. S. Por Tanto: Ejecútese  Casa Presidencial  Managua, 16 de junio de mil novecientos veintiséis  EMILIANO CHAMORRO  El Ministro de Justicia, por la ley  H. ZÚNIGA PADILLA. -