Reorganización Del Ministerio De Desarrollo Agropecuario Y Reforma Agraria (Midinra)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - REORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y REFORMA AGRARIA (MIDINRA) DECRETO No. 161, del 10 de Febrero de 1986 Publicado en La Gaceta No. 31 de 12 de Febrero de 1986 El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA La siguiente, REORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y REFORMA AGRARIA (MIDINRA) Artículo 1.-Se modifican los Decretos Ejecutivos Números 55, 56, 57, 58 y 60, publicados en "La Gaceta", Diario Oficial, Números 35 y 36 del 18 y 19 de Febrero de 1985, en el sentido de que se suprime el título que acompaña al cargo de Vice Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, denominando en lo sucesivo a dichos funcionarios simplemente Vice Ministros. Artículo 2.-Ratificar y reorganizar a los Vice Ministros del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria de Ia siguiente manera: Vice Ministros: Doctor Salvador Mayorga Sacasa; Ingeniero Ricardo Coronel Kautz; Ingeniero Manuel Coronel Kautz; Comandante Guerrillero Alonso Porras Díaz; Ingeniero Eduardo HoImann Chamorro. Artículo 3.-En el ejercicio de sus funciones, el Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, conforme la Ley Orgánica del MIDINRA, podrá mediante Acuerdo Ministerial, designar los distintos ramos y responsabilidades que desempeñarán los Vice-Ministros nombrados. Artículo 4.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su comunicación por cualquier medio, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diez días de¡ mes de Febrero de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas contra la Agresión". DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República. -