Reformase Artículo 247 Del Reglamento General De Educación Media

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - REFÓRMASE ARTO. 247 DEL REGLAMENTO GENERAL DE EDUCACIÓN MEDIA "DECRETO No. 13. Aprobado el 22 de Diciembre de 1971. Publicado en La Gaceta No. 12 del 15 de Enero de 1972. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DECRETA: Artículo 1.- Reformar el arto. 247 del Reglamento General de Educación Media del 14 de Diciembre de 1968 el cual se leerá así: "Los exámenes de reparación para los alumnos que en los exámenes ordinarios dejaren sin aprobar tres o menos materias, se efectuarán en la última decena de Enero, por Tribunales que cada Director propondrá a la Dirección respectiva del Ministerio de Educación Pública. Para estos exámenes se pagarán los aranceles en la forma establecida. Artículo 2.- Este Decreto surte efectos de Ley a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., 22 de Diciembre de 1971.- A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. - J. ANTONIO MORA R.- MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA. -