Reformas Al Reglamento De La Semana De La Patria, Relativo Escogencia Mejor Alumno

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA SEMANA DE LA PATRIA, RELATIVO ESCOGENCIA MEJOR ALUMNO Decreto No. 17 de 26 de agosto de 1969. Publicado en La Gaceta No. 198 de 30 de agosto de 1969 El Presidente de la República, Decreta: Artículo 1.-Reformar el inciso b) del numeral II del Artículo 19 del Reglamento de la Semana de la Patria, aprobado por Decreto Ejecutivo No. 37 de 24 de agosto de 1967, el cual se leerá así: b) Para la elección del mejor alumno, el Director de cada establecimiento, nacional o particular, enviará a la capital de la República al estudiante del último curso que ocupe el primer puesto -promedio de rendimiento académico del I Año del Ciclo Básico hasta el último año del Ciclo Diversificado- además de su capacidad, su buena conducta, el 5 de septiembre de cada año. Un tribunal nombrado por el Ministerio de Educación Pública presidido por el Director General de Educación Media, estará integrado por cuatro grupos que aplicará pruebas objetivas, en las áreas del bachillerato humanístico y en cada una de las especialidades en particular. Cada grupo constará de: 1) Un Representante del Colegio de Profesores de Educación Media COPEM. 2) Un Representante de los Colegios Particulares. 3) Un Representante de los Directores de los Centros Nacionales de Educación Media. 4) Cinco especialistas en las diversas áreas, nombrados por el Ministerio de Educación Pública. Artículo 2.-Este Decreto surte efectos de Ley, a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Comuníquese.- Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua D.N., 26 de Agosto de 1969.- A. SOMOZA D., Presidente de la República.- J. Antonio Mora R., Ministro de Educación Pública." -