Reforma El Arto. 10 De La Ley 07/08/1905 Sobre Exención Del Servicio Militar

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA EL ARTO. 10 DE LA LEY 07/08/1905 SOBRE EXENCIÓN DEL SERVICIO MILITAR Aprobado el 12 de Julio de 1906 Publicado en La Gaceta No. 2967 del 17 de Julio de 1906 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, DECRETA: Único  Reformase el artículo 10 de la ley de 7 de agosto de 1905, en los términos siguientes: Las personas que hayan pagado el valor de su cuota, quedarán exentos del servicio militar pecuniario y personal por el término de cinco años, contados de la fecha en la que se les hubiere librado la correspondiente constancia de pago. Dado en Managua, á los doce días del mes de julio de mil novecientos seis  J. S. ZELAYA  El Ministro de la Guerra y Marina  C. Castellón. -