Reforma Del Decreto Creador Del Fondo De Inversión Social De Emergencia (Fise)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA DEL DECRETO CREADOR DEL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA (FISE) DECRETO No. 43-94, Aprobado el 28 de Octubre de 1994 Publicado en La Gaceta No. 203 del 31 de Octubre de 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que el Decreto de creación del Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE), establece como propósito fundamental de la Institución, el atender las demandas apremiantes de la población en situación de pobreza, particularmente la extrema, para potenciar su capacidad de integración plena al desarrollo económico y social del país, por medio del financiamiento de proyectos calificados que permitan satisfacer sus necesidades sociales básicas y prioritarias, apoyar y promover su gestión productiva y contribuir a su formación humana. II Que la actividad del Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE), ha sido llevada a cabo con absoluta claridad y transparencia, característica apreciada por la ciudadanía en general y particularmente por las Instituciones Internacionales facilitadoras de empréstitos y donaciones, utilizados en el mejoramiento de la infraestructura social del país. III Que tanto el cumplimiento del propósito fundamental, como la obtención y negociación de recursos extranjeros sumamente importantes para la labor del Fondo, requieren de un período de tiempo que supera con creces los cinco años de duración establecidos en el Decreto creador del FISE, que expiran el 13 de Diciembre de 1995. IV Que en consecuencia es necesario ampliar el plazo de duración de las operaciones del Fondo, mediante la prolongación de su existencia Institucional hasta Diciembre de 1997, y que éste continue sirviendo como un importante apoyo para facilitar el proceso de Desarrollo Económico y Social del pueblo nicaragüense. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Decreto de: REFORMA DEL DECRETO CREADOR DEL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA (FISE) Artículo 1.- Refórmase el primer párrafo del Artículo 1 del Decreto No. 59-90 de Creación del Fondo de Inversión Social de Emergencia, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 240 del 13 de Diciembre de 1990, el que se leerá así: "Créase el Fondo de Inversión Social de Emergencia, que también podrá designarse con las siglas FISE, como un ente autónomo del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, duración de siete años y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones." Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -