Reforma Del Decreto 25 De Mayo De 1906 Sobre Exportación De Maderas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA DEL DECRETO 25 DE MAYO DE 1906 SOBRE EXPORTACIÓN DE MADERAS Aprobado el 20 de Junio de 1906 Publicado en La Gaceta No. 2957 del 4 de Julio de 1906 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, DECRETA: El art. 1º del decreto de 25 de mayo del año corriente, deberá leerse así:El derecho de exportación sobre las maderas en trozas ó aserradas, se cobrará del modo siguiente, en oro americano. Caoba, roble, cedro real, un peso la tonelada, ó el mil de pies superficiales. Mora, guayacán, quebracho, ñámbar, palo de rosa y genízaro, cincuenta centavos la tonelada. Queda en estos términos reformado el decreto en referencia. Dado en Managua, á 20 de junio de 1906  J. S. ZELAYA  El Ministro de Hacienda  Félix Romero. -