Reforma Al Decreto 42-97 Creación De La Comisión Nacional De Población (C.n.p.)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (REFORMA AL DECRETO 42-97 CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE POBLACIÓN (C.N.P.)) DECRETO No.61-2000, Aprobado el 17 de Julio del 2000 Publicado en La Gaceta No. 141 del 26 de Julio del 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1.- Se reforma el Arto. 2 del Decreto 42-97, reformado por los Decretos 87-99 y 18-2000, publicados en las Gacetas Nos. 130, 168 y 39 del 10 de Julio de 1979, 2 de Septiembre de 1999 y 24 de Febrero del año 2000 respectivamente que creó la Comisión Nacional de Población el que se leerá así: "Arto. 2 La Comisión estará coordinada y presidida por la Primera Dama de la República y conformada por los miembros titulares de las siguientes Instituciones: 1. Ministerio de la Familia. 2. Ministerio de Educación Cultura y Deportes 3. Ministerio de la Salud. 4. Secretaría Técnica. 5. Secretaría de Acción Social. 6. Instituto Nicaraguense de la Mujer. 7. Instituto Nacional de Estadísticas y Censos 8. Comisión Nacional de Promoción y Defensa de los Derechos del Niño y de la Niña." Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicació n en la Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecisiete de Julio del año dos mil. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. -