Reforma A La Ley De Impuesto De Timbres

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO DE TIMBRES DECRETO No. 26-94, Aprobado el 25 de Mayo de 1994 Publicado en La Gaceta No. 113 del 17 de Junio de 1994 El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente Decreto de: REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO DE TIMBRES Artículo 1.- Refórmase el Numeral 2 de la letra "B" del arto. 7 de la Ley de Impuesto de Timbres (Decreto No. 136 del 11 de Noviembre de 1985 y sus reformas), el cual se leerá así: "2. Cualquier instrumento o documento en que conste la compra-venta de animales de asta y casco, sobre el valor pactado:...1 %". Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinticinco días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -