Rebájanse Unos Impuestos De Planes De Arbitrios De Beneficencia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Decretos Ejecutivos - (REBÁJANSE UNOS IMPUESTOS DE PLANES DE ARBITRIOS DE BENEFICENCIA) DECRETO EJECUTIVO No. 325, Aprobado el 29 de Marzo de 1946 Publicado en La Gaceta No. 73 del 2 de Abril de 1946 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, Acuerda: 1o.- Rebajar en un cincuenta por ciento (50%), todos y cada uno de los impuestos que establecen los planes de arbitrios de las Juntas Departamentales de Beneficencia, a los Estadios, canchas de Tennis, de Basquet Ball, etc., cuando éstos pertenezcan al Estado. 2o.- El presente reforma así a todos los planes de arbitrios de Beneficencia y surtirá sus efectos desde su publicación en La Gaceta. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 29 de Marzo de 1946.- A. SOMOZA.- El Ministro de la Gobernación y Beneficencia, M. Salmerón. -