Rebájanse Los Derechos Consulares Por La Importación De Películas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - REBÁJANSE LOS DERECHOS CONSULARES POR LA IMPORTACIÓN DE PELÍCULAS No. 1. Aprobada el 13 de enero de 1939 Publicado en La Gaceta No 16 del 19 de Enero de 1940 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DECRETA: Artículo 1.- Rebajar el 50% de los derechos consulares que se perciben por la legalización de documentos que amparan importaciones al país de películas Cinematográficas. Artículo 2.- Este Decreto surtirá sus efectos por un año y comenzará a regir desde 1º de Enero de este año. Comuníquese.- Palacio del Ejecutivo- Managua, D.N., 13 de Enero de 1939.- A. SOMOZA.- El Ministro de Relaciones Exteriores, por la ley.- ANTONIO BARQUERO -