Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Financiero
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICAR PROTOCOLO(GOBIERNO DE
FRANCIA)
DECRETO No. 80, Aprobado el 19 de Abril de 1985
Publicado en La Gaceta No. 74 de 22 de Abril de 1985
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.-Se ratifica el Protocolo Financiero suscrito en
París el 29 de Marzo del año en curso, entre el Gobierno de
Nicaragua y el Gobierno de Francia, por 130 millones de
Francos.
Artículo 2.-El Ministerio de Finanzas deberá incluir en los
presupuestos anuales, las cantidades requeridas para el pago de las
obligaciones resultantes de tal protocolo.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en Vigencia hoy,
desde el momento de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva sin perjuicio de su publicación en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de
Abril de Mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz, Todos contra
la Agresión". DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. Presidente de la
República de Nicaragua.
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