Ratificar El Acuerdo Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República De China, Sobre El Envío De Voluntarios Del Fondo De Desarrollo Y Cooperación Internacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - (RATIFICAR EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHINA, SOBRE EL ENVÍO DE VOLUNTARIOS DEL FONDO DE DESARROLLO Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL) DECRETO No.10-2002, Aprobado el 4 de Febrero del 2002 Publicado en La Gaceta No. 38 del 25 de Febrero del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que Nicaragua suscribió en Taipei, China el 30 de Julio de 1999, del calendario gregoriano, correspondiente a los 30 días de Julio del año 88 de la República de China, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China sobre el envío de Voluntarios del Fondo de Desarrollo y Cooperación Internacional. II Que por Decreto de la Asamblea Nacional No.2424, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 231 del 2 de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve, fue aprobado el Acuerdo con la República de China. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1.- Ratificar el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de China, sobre el envío de Voluntarios del Fondo de Desarrollo y Cooperación Internacional, suscrito en la ciudad de Taipei, República de China, el 30 de Julio de 1999. Artículo 2.- Expedir el Instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de Febrero del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -