Ratificacion Del Tratado Sobre Protecciòn De Muebles De Valor Historico

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFICACION DEL TRATADO SOBRE PROTECCIÒN DE MUEBLES DE VALOR HISTORICO Aprobado el 5 de Junio de 1935. Publicado en La Gaceta No. 125 del 6 de Junio de 1935. JUAN BAUTISTA SACASA, Presidente de la República de Nicaragua, POR CUANTO el día quince de julio de mil novecientos treinta y cuatro fue depositado en la Oficina de la Unión Panamericana, en la cuidad de Washington, un Tratado sobre la Protección de Muebles de Valor Histórico, que quedo abierto a las formas de los Estados miembros de la Unión, destinado a procurar el conocimiento, protección y conservación de los monumentos muebles precolombinos, coloniales y de la época de la emancipación y de la república que existen en cada uno de dichos Estados mediante medidas de cooperación; POR CUANTO el Presidente de la República en el acuerdo del tres de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro concedió su aprobación a dicho Tratado y ordenó que fuera sometido al conocimiento del Congreso Nacional para los fines constitucionales; POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la República ratificaron el mencionado Tratado en Decreto del veintiséis de febrero de mil novecientos treinta y cinco, sancionado por el Poder Ejecutivo el veintisiete del propio mes y año; POR TANTO: RATIFICO y confirmo todas y cada una de las clausulas de que consta el Tratado de referencia, y expido el presente instrumento para los fines de su depósito en la Unión Panamericana, incluyendo los números 119 y 120 de La Gaceta Oficial de la República, correspondientes al 29 y 31 de mayo de este año, en que aparece publicado el Tratado. Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la Nación, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio del Ejecutivo, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos treinta y cinco. (L.S.) JUAN B. SACASA. EL Ministro de Relaciones Exteriores, (L.S.) LEONARDO ARGUELLO. -