(Ratificación Del Convenio Relativo A Minas Antipersonal)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Militar Rango: Decretos Ejecutivos - (RATIFICACIÓN DEL CONVENIO RELATIVO MINAS ANTIPERSONAL) DECRETO No. 63-98, Aprobado el 2 Octubre 1998. Publicado en La Gaceta No. 190, del 9 de Octubre 1998. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO: I Que el 5 de Diciembre de 1997, el ex Vice Ministro de Relaciones Exteriores Doctor Edmundo Castillo Salazar suscribió en Otawa Canadá, el Convenio sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción. II Que la Asamblea Nacional aprobó el mencionado Convenio por Decreto 2007, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 177 del 22 de Septiembre del corriente año. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: Artículo 1.- Ratificar el Convenio sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Mina Antipersonal y sobre su Destrucción, suscrito por el Vice Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua. Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para proceder a su depósito en la Oficina correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta, Diario Oficial". Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dos de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -