Ratificación Del Convenio Internacional Para La Represión De La Financiación Del Terrorismo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - (RATIFICACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO) DECRETO No. 79-2002, Aprobado el 30 de Agosto del 2002 Publicado en La Gaceta No. 172 del 11 de Septiembre del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO Que por Decreto de la Asamblea Nacional No. 3287, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 92 del veinte de Mayo del año dos mil dos, fue aprobado el "Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo". En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO Artículo 1.- Ratificar el "Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo", adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1999. Artículo 2.- Expedir el Instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el treinta de Agosto del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -