Ratificación De Convenios Adoptados Por La O.i.t. En Ginebra

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFICACIÓN DE CONVENIOS ADOPTADOS POR LA O.I.T. EN GINEBRA No. 6. Aprobado el 22 de Agosto de 1967 Publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 202 del 05 de Septiembre de 1967 El Presidente de la República, Decreta: Primero:- Ratificar los siguientes Convenios adoptados por la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra: No. 87 Convenio Relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación. No. 98 Convenio Relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva. No. 100 Convenio Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un trabajo de Igual Valor. No. 105 Convenio Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso. No. 111 Convenio Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación. Segundo:- Expídanse los correspondientes Instrumentos de Ratificación para ser comunicados, para su Registro, al Director General de la Organización Internacional del Trabajo OIT. Comuníquese: Casa Presidencial Managua, Distrito Nacional, Veintidós de Agosto del mil novecientos sesenta y siete, Año Rubén Darío.- A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, Leandro Marín Abaunza. -