Ratificación De Acuerdo Complementario Al Acuerdo De Cooperación Y Amistad Entre El Gobierno De Nicaragua Y El Gobierno De Venezuela

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - (RATIFICACIÓN DE ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO DE COOPERACIÓN Y AMISTAD ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE VENEZUELA) DECRETO No. 44-2003. Aprobado el 19 de Mayo del 2003. Publicado en La Gaceta No. 97 del 27 de Mayo del 2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO: I Que el día 21 de Noviembre del año 2000, fue suscrito en la Ciudad de Matiguás, Matagalpa, Nicaragua el Acuerdo Complementario al Acuerdo de Cooperación y Amistad entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, en el Área de Cooperación Turística. II Que la Asamblea Nacional aprobó el mencionado Acuerdo mediante Decreto número 2829, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 71 del 17 de Abril de 2001. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: Artículo 1.- Ratificar el Acuerdo Complementario al Acuerdo de Cooperación y Amistad entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, en el Área de Cooperación Turística, suscrito en la Ciudad de Matiguás, Matagalpa, Nicaragua del año 2000. Artículo 2.- Comunicar por la vía diplomática al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, que el Gobierno de Nicaragua ha cumplido con los procedimientos constitucionales requeridos por su legislación para la entrada en vigor de dicho Acuerdo. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecinueve de Mayo del año dos mil tres. -ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua. -