Ratificación Contratos De Préstamos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFICACIÓN CONTRATOS DE PRÉSTAMOS Decreto No. 1021 de 31 de marzo de 1982 Publicado en La Gaceta No. 84 de 10 de abril de 1982 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Se ratifican los Contratos de Apertura de Crédito suscritos el 12, 14 y 22 de enero de 1982 respectivamente en París, con el Banque Nationples de París, por montos máximos de 9,981,000 FF; 6,278,000 FF y 24,300.00 FF respectivamente, así como los pagarés y demás documentos suscritos en ejecución de los mismos. Artículo 2.-Se ratifica Contrato de Apertura de Crédito suscrito el 3 de marzo de 1982, con el Banco Francés de Comercio Exterior y el Credit Lyonnais por un monto de 34,650,000 así como los pagarés y demás documentos suscritos en ejecución de los mismos. Artículo 3.-Se ratifica Contrato de Apertura de Crédito suscrito el 22 de marzo de 1982 con la Societe Generales por monto máximo de 4,229,984 FF así como los pagarés y demás documentos suscritos en ejecución de los mismos. Artículo 4.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la república las cantidades necesarias para el cumplimiento de la obligaciones contraídas. Artículo 5.-El presente Decreto entrará en vigencia hoy, desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos. "Año de Unidad Frente a la Agresión". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas. -