Pónense En Circulación Los Sellos Postales Ordinarios

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - (PÓNENSE EN CIRCULACIÓN LOS SELLOS POSTALES ORDINARIOS) No. 110, Aprobado el 20 de Enero de 1939 Publicada en La Gaceta No. 19 del 24 de Enero de 1939 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que se encuentran ya en el Almacén General de Especies Fiscales 2,777,000 de los nuevos sellos de correo ordinario, correspondientes al pedido que se hizo a la E. A. Wright Bank Note Company, de Philadelphia, el 18 de Marzo de 1838, DECRETA: Artículo 1.- Poner en circulación desde esta fecha los Sellos Postales Ordinarios conforme el detalle siguiente: Cantidad Valor Color Vista Total 510,000 C$ 0.01 1/2 Olivo Parque Darío C$7,650.00 53,000 0.02 Rojo   1,060.00 823,000 0.03 Azul claro   24,690.00 1,003,000 0.06 Café   60, 180.00 103,000 0.07 1/2 Verde   7,725.00 103,000 0.10 Café Oscuro   10,300.00 53,000 0.15 Naranja   7,950.00 53,000 0.25 Morado   13,250.00 43,000 0. 50 Verde Claro   21,500.00 33,000 1.00 Amarillo   33,000.00 Total 187,305.00 Artículo 2.- Los sellos Postales en actual servicio seguirán circulando hasta su terminación. Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos treinta y nueve.- SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. J. Sánchez R. -