Otórgase Las Atribuciones De La Ley De Vehículos Y Tráfico O De Tránsito A Los Directores De Policía

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - (OTORGASE LAS ATRIBUCIONES DE LA LEY DE VEHÍCULOS Y TRAFICO O DE TRANSITO A LOS DIRECTORES DE POLICÍA) DECRETO EJECUTIVO NO.95 Aprobada el 8 de Abril de 1948 Publicado en La Gaceta No.77 del 12 de Abril de 1948 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA En uso de las facultades que le otorgan los Artos. 185 y 178 No.10Cn., Decreta: Artículo 1º.- Todas las atribuciones que la Ley de Vehículos y Tráfico o de Tránsito de 5 de Mayo de 1938 y sus reformas, otorga a los Directores de Policía, en materia de juzgamientos en primera instancia de las infracciones de tránsito o de cualquiera otra naturaleza, se considerarán otorgadas desde esta fecha, se considerarán otorgadas desde esta fecha, a las Jefaturas o Jefes de Tránsito que serán las autoridades competentes en lo sucesivo para resolver tales asuntos con jurisdicción propia. Artículo 2º.- Todas las otras disposiciones de la citada Ley de Tránsito quedarán en vigor en lo que no se opusieren a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3º.- El presente Decreto empezará a regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en Casa Presidencial.-Managua , D.N., a ocho de Abril de mil novecientos cuarenta y ocho.- VÍCTOR M. ROMÁN.- El Ministro de Policía, Benjamín Vidaurre. -