Nueva Clasificacion De Mercaderías De Importacion Que Establece Los Porcentajes De Depósito

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - NUEVA CLASIFICACION DE MERCADERÍAS DE IMPORTACION QUE ESTABLECE LOS PORCENTAJES DE DEPÓSITO DECRETO EJECUTIVO No. 29, Aprobado el 16 de Abril de 1958 Publicada en la Gaceta No. 98 del 6 de Mayo de 1958 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades y de conformidad con los Artículos 17 y 18 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 24 de Junio de 1955, DECRETA: Arto. 1.- Se clasifican como de Primera Categoría los artículos o mercaderías de importación contenidos en la siguiente lista: LISTA NUMERO UNO (Sin Depósito) ________________________________________________________________________________________________________________________________ Grupos, partidas, sub-partidas e incisos del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN ________________________________________________________________________________________________________________________________ 001-01-01 Ganado vacuno de raza fina 001-02-01 Ganado ovino de raza fina 001-03-01 Ganado porcino de raza fina 001-04-01 Aves de corral de raza fina 001-09-01 Ganado caprino de raza fina 013-02-03-1 Toda clase de carne conservada o preparada en cualquier forma, con o sin legumbres, especialmente preparadas para niños. 013-09-01 Tripas para la fabricación de embutidos 029-09-00-1 Alimentos para niños y preparaciones dietéticas principalmente a base de leche 048-01-02 Preparados especialmente para niños, en cualquier forma 053-03-03-1 Pulpas o pastas de frutas, preparadas especialmente para niños, en cualquier forma 053-04-02-1 Jugos de frutas preparados especialmente para niños, en cualquier forma. 055-02-01-1 Sopas preparadas especialmente para niños 055-02-03-1 Jugos de legumbres preparados especialmente para niños 055-02-04-1 Conservas especialmente preparadas para niños 081-09-01 Alimentos para animales mezclados con productos químicos y biológicos, tales como polvos de huesos, sangre desecada, etc. 231-01-00 Caucho y gomas naturales similares, caucho sintético y caucho regenerado 271 Abonos en bruto (Todo el Grupo) 272-05-04 Cloruro de sodio puro 291-09-12 Huevos no comestibles, n. e p. (huevos de pescado para la reproducción, etc.) 313-05-01 Parafina, ceresina u ozoquerita 313-05-02 Vaselina, petrolatum o jalea de petróleo, simple, sin mezcla de ninguna otra substancia 411-01-01 Aceite de hígado de bacalao 411-02-02 Sebo de res propio para usos industriales 413-03-01 Acido estearico (estearina comercial) 413-03-02 Acido oleico (oleína comercial), ácido palmítico (palmitito comercial), y otros ácidos grasos 511 Productos químicos orgánicos (Todo el Grupo excepto la subpartida 511 09 10) 512 Productos químicos orgánicos (Todo el Grupo) 532 Extractos para teñir y curtir y materiales curtientes sintéticos (Todo el Grupo) 533-02-00 Tintas para imprenta y litografía 541 Productos medicinales y farmacéuticos (Todo el Grupo) 551-01-01 Aceite esencial de quenopodio 561 Abonos manufacturados (Todo el Grupo) 599-01-01-1 Papel celofán con distintivos impresos que demuestren, a juicio de la Aduana, que será usado exclusivamente por alguna firma reconocida de la industria farmacéutica 599-02-00 Insecticidas, fungicidas, desinfectantes, incluso los preparados para animales y otros productos similares, que no vengan como productos medicinales, fumigantes, jabones desinfectantes o desodorantes (Toda la subpartida) 599-04-03-1 Capsulas y obleas vacías para envase de medicinas 599-09-11 Preparaciones y productos químicos para cargar extinguidores de incendio 612-01-00 Bandas, correas de cuero y otros artículos de cuero para maquinaria 621-01-03 Material para reparar llantas y cámaras 629-01-02-1 Llantas y neumáticos par tractores de toda clase 629-01-02-2 Ex Llantas y neumáticos para camiones de transporte de carga y para trailers 629-09-01 Fajas y correas de caucho, para maquinaria 629-09-02 Empaques y arandelas de caucho 641-01-00 Papel, para periódicos 641-02-01 Papel para libros y otros impresos 641-12-02 Papel filtro en pliegos, celulosa filtrante y guata de celulosa 642-09-09-1 Papel, cartulina o cartón filtro n. e. p. 642-09-09-4 Tapas y tapitas para botellas 642-09-09-5 Ex Papel de reactivos (para análisis químicos) 653-09-02-1 Tijidos de yute (bramente) para hacer sacos y enfardeladuras 654-01-02-1 Tules y mallas de algodón, lisos y de tejido uniforme en forma exagonal que no contengan más de ocho exágonos en un cuadro que tenga seis milímetros por lado 656-01-00 Bolsas y sacos para empacar, nuevos o usados de cualquier fibra textil, con o sin impresiones (Toda la subpartida) 661-02-00 Cemento, excepto la cal hidráulica 663-09-01-1 Filtros para agua 663-09-02-1 Filtros para agua 663-09-03-1 Filtros para aguas 665-01-00 Envases de vidrio (con o sin tapas de cualquier material), excepto de fantasía (garrafones, botellas, damajuanas, frascos, potes, recipientes tubulares y envases similares de vidrio), incluso las tapas y tapones de vidrio corriente y los interiores de vidrio para termos y otras vasijas similares (Toda la subpartida) 665-09-02 Artículos de vidrio, estén o no graduados o calibrados, para laboratorios y para fines médicos, quirúrgicos, dentales o higiénicos, ampollas y frascos de vidrio para suero (Toda la subpartida) 681-01-00 Hierro de primera fusión, en lingotes (fundición en bruto o Pig Iron), hierro colado y hielo poroso (esponjoso), incluso el polvo de hierro y acero 681-06-01 Para enfadar, empacar y usos similares, incuso los aros y cinchos para barriles 684-02-04 Tubos, cañería y sus accesorios, de aluminio o sus aleaciones 699-01-02 Ex Torres de hierro o acero, para molinos de viento 699-05-01 Alambre de púas (alambre espigado), de hierro o acero 699-07-01 Clavos, pernos, tuercas, etc& De hierro o acero (Toda la subpartida) 699-12-01 Azadas, palas, picos, azadones, horquillas, rastrillos, guadañas, hoces, hachas, machetes y otras herramientas de mano empleadas en la agricultura, horticultura o silvicultura, con o sin mangos 699-12-02 Herramientas de mano para artesanos 699-17-01-1 Cuchillos para artes y oficios 699-17-04-1 Máquinas no eléctricas para cortar el pelo 699-21-01 Silos de metal, armados o no 699-21-05 Tubos de plomo, estaño, aluminio, etc., para envasar pomadas, ungüentos y cremas 699-29-13 Electrodos, varillas o tubos para soldar en la fragua; soldadura de metales comunes o sus aleaciones, en alambres o varillas, recubiertos o con alma de material fusible; láminas de metal preparado para soldar, empleadas en la metalurgia 699-29-20-7 Ex Jaulas de alambre para aves de corral 711 Maquinaria generador de fuerza (excepto la eléctrica) (Todo el Grupo) 712 Maquinaria y utensilios mecánicos para la agricultura (Todo el Grupo) 713 Tractores, excepto los a vapor (Todo el Grupo) 715 Maquinaria para trabajar metal (Todo el Grupo) 716-01-02 Bombas para agua y otras bombas para líquidos, n. e. p. 716-03-01 Aplanadoras a propulsión mecánica, para caminos 716-03-04 Maquinaria, fija o móvil, para excavar, nivelar, perforar y extraer tierra (palas mecánicas, drags, perforadoras de pozos, bulldozers, etc.) 716-03-05 Otras maquinarias n.e.p., para construcción de caminos y para minería 716-04-00 Máquinas herramientas para trabajar madera, corcho, hueso, ebonita, vulcanita, baquelita y otros materiales semejantes 716-05-00 Herramientas manuales movidas por cualquier fuerza motriz, excepto eléctrica (martillos neumáticos, sierras portátiles con motor propio, etc.) 716-06-00 Maquinaria para la industria papelera 716-07 Maquinaria par imprenta y para encuade4rnacion (Toda la partida) 716-08 Maquinaria y accesorios par la industria textil (Toda la partida) 716-11-01 Máquinas de coser (excepto las utilizadas en encuadernación) y agujas para las mismas 716-12-02 Ex Equipos para refrigeración incluso los enfriadores de leche(milk coolers), las refrigeradoras y congeladoras para usos industriales 716-12-03 Maquinaria para fabricar hielo o helados 716-13-05-1 Ex Destinados a atomizar o rociar líquidos o polvos para usos agrícolas solamente 716-13-06 Quemadores (pulverizadores) para usos industriales, par la alimentación de hornos o fogones que consumen aceite combustible, carbón pulverizado o gs comprimido; cámaras de combustión, sean o no automáticas; alimentadores mecánicos y similares 716-13-07 Máquinas centrífugas, excepto las desnatadoras par granjas, las extractoras de mil y las de laboratorio 716-13-08 Maquinas para limpiar, secar, llenar, rotular, tapar o capsular botellas, latas, cajas, bolsas, sacos u otros envases; otras máquinas para empacar 716-13-11 Maquinaria par moler y trabajar cereales o legumbres, n.e.p. (Toda la subpartida) 716-13-12 Máquinas y utensilios mecánicos para las industrias de panadería, pastelería, repostería, confitería, manufactura de chocolate, carnicería y preparación de carnes (incluso las máquinas rebanadoras ) y preparación de conservas (Toda la subpartida) 716-13-13 Maquinaria para fabricar panela, para ingenios y para refinería de azúcar 716-13-14 Maquinas y utensilios mecánicos para tenería 716-13-15 Máquinas y utensilios mecánicos para talabartería, zapatería y otras industrias que trabajen el cuero, excepto máquinas de coser 716-13-16 Maquinaria para separar, cernir, lavar, triturar, pulverizar o mezclar tierra, piedras y otras sustancias sólidas semejantes; maquinaria para conglomerar o amoldar combustibles sólidos, pasta cerámica, concreto, materiales para estucar o similares, o para dar forma a moldes de arena para fundiciones 716-13-18 Moldes n.e.p. para metal (excepto los moldes para lingotes), para vidrio, caucho, materiales plásticos artificiales, cemento, etc., incluso los moldes para fundir por presión. 716-13-21 Maquinaria y utensilios mecánicos para la extracción y elaboración de aceites y para la elaboración de velas, jabones, etc. incluso sus moldes. 716-13-22 Maquinas para hacer grajeas o píldoras, aparatos para llenar obleas, moldes para óvulos; supositorios o bujías y otros utensilios mecánicos para farmacias y laboratorios, n.e.p. 716-13-23 Autoclaves o esterilizadores, excepto los eléctricos 716-13-24 Maquinaria y utensilios mecánicos (no eléctricos), n.e.p. 721-01 Generadores, alternadores, motores, convertidores, transformadores y mecanismos para operar interruptores (excepto los incluidos en las partidas 721 04, 721 05 y 721-07) (Toda la partida) 721-06-05 Autoclaves y esterilizadores y otros aparatos electrotérmicos, n.e.p. 721-08-01 Instrumentos para medir la corriente eléctrica, tales como voltímetros, amperímetros, medidores de consumo, etc. 721-08-05 Reóstatos (excepto para radiotelefonía y telegrafía y para arranque de motores) y otros aparatos para controlar la energía eléctrica, n.e.p. 721-11 Aparatos eléctricos para servicios médicos y aparatos radiológicos (excepto las herramientas e instrumentos accionados solamente par motores eléctricos) (Toda la partida) 721-19-01 Parrrayos de toda clase 721-19-03 Aisladores para instalaciones eléctricas, de cualquier material 732-03-02 Camiones y camionetas (pick-upus y panels) camiones-cisternas, camiones refrigeradores y otros vehículos automotores para el transporte carga 732-03-03 Carros para bomberos, automotores (incluso escaleras, manqueras, bombas y otros accesorios especiales para los mismos); camiones regadores, camiones recogedores de basura, camiones barredores, camiones grúas, carros fúnebres y otros vehículos automotores similares 732-05-00 Ex Chasis de vehículos de la clase especifica en las subpartidas 732-03-02 y 732-03-03 732-06-00-1 Carrocerías y sus partes para vehículos comprendidos en la subpartida 732-01-01 732-06-00-6 Ex Para los comprendidos en las subpartidas 732-03-02 y 732-03-03 733-09-01 Carretillas y sillas de ruedas para enfermos o inválidos, con o sin motor 733-09-02 Remolques (trailers) de toda clase, que sen utilizados en camiones de carga y que se ajusten a las nuevas especificaciones para cargas permisibles en las carreteras de Nicaragua, previa aprobación en cada caso del Departamento de Carreteras 734-01-00 Aeronaves más pesadas que el aire, completas, montadas o sin montar para usos agrícolas o transporte de carga y colectivo 861-03-03 Instrumentos y accesorios n.e.p, médicos, dentales, quirúrgicos o de veterinaria (máquinas y herramientas par dentistas, aparatos para anestesia, respiración artificial, metabolismo basal, presión arterial y otros similares; pulmón de hierro, instrumentos para cirugía, etc.) 862-01-01 Películas y placas sensibilizadas para radiografías 863-01-00-1 Películas cinematográficas para fines instructivos y de propaganda científica 891-02-01 Discos, cintas y alambres grabados para el aprendizaje de idiomas 891-02-02-1 Música nicaragüense 891-01-01 Libros y folletos impresos, con cualquier encuadernación, incluso los atlas 892-01-02 Revistas y periódicos empastados 892-02-00 Periódicos y revistas, no empastados 892-03-00 Música impresa, grabada en relieve o manuscrita, esté o no encuadernada 892-09-06 Mapas de toda clase, cartas y diagramas anatómicos, planos topográficos, cartas náuticas, hidrográficas, cuadros de botánica y similares de toda clase, impresos en papel u otros materiales (excepto los que vengan en forma de atlas o de libros, que se clasifican en la partida 891-01) 892-09-07 Planos y dibujos industriales, planos arquitectónicos, de ingeniería y otros, originales o reproducidos fotográficamente, manuscritos y escritos a máquina 892-09-11-1 Ex Catálogos de cualquier clase y folletos de instrucciones para el manejo de cualquier clase de maquinaria, vehículos o artefactos solamente 899-17-04-1 Lápices para escribir o dibujar de toda clase (excepto lápices automáticos) 899-17-04-3 Lápices de pizarra o pizarrines 899-17-05 Tiza en barritas para escribir y dibujar; jabón de piedra y tiza para sastres 899-21-01 Colecciones y piezas para colecciones de zoología, botánica, mineralogía y anatomía; objetos para colecciones de interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático 899-21-02 Estampillas de correo y timbres fiscales para colecciones filatélicas 899-99-07 Pizarras y pizarrones para escribir, con o sin marco 899-99-09 Aparatos de ortopedia (incluso las fajas quirúrgicas o bragueros); miembros artificiales, ojos, dientes, dentaduras y otras partes artificiales del cuerpo; aparatos para la sordera, tablillas y otros accesorios para fracturas (Toda la subpartida) 899-99-10 Máscaras protectoras contra gases; escafandras 899-99-11 Paracaídas y sus accesorios; catapultas y otros equipos similares para lanzamiento 921-01-01 Ganado caballar de raza fina 931-01-00 Artículos de producción nacional, exportados y devueltos al país 931-02-00 Artículos de transacciones especiales (efectos personales de viajeros e inmigrantes; muestras y artículos importados temporalmente, y otros casos especiales) 999-97-01 Monedas, barras y lingotes de oro Arto. 2.- Además de los artículos o mercaderías expresamente consignados en la Lista Número Uno, detallada en el artículo que antecede, se considerarán incluidos en la misma, con independencia de la numeración arancelaria en que se encuentran los siguientes: a) Toda clase de maquinaria industrial y agrícola, así como sus partes, repuestos y accesorios; b) Las partes, repuestos y accesorios para las aeronaves más pesadas que el aire comprendida en la subpartida 734-01-00 y para los camiones de transporte de carga; c) Los envases o envolturas directas o inmediatas, de cualquier material, como de papel kraft, hojalata, vidrio, etc. Con impresiones, destinados para usos industriales; y d) Las semillas par siembra de toda clase. Arto. 3.- Asimismo se clasifican en Primera Categoría, para el uso y consumo exclusivo de los habitantes del Departamento de Zelaya y de la Comarca de El Cabo los artículos o mercaderías de importación que se introduzcan al país por los puertos de dicho Departamento y Comarca, que se enumeran a continuación: __________________________________________________________________________________________________________________________________ Grupos, partidas, sub-partidas e incisos del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN __________________________________________________________________________________________________________________________________ 021-01-01 Leche únicamente 022-01-01 Leche únicamente 091-02-01 Manteca de cerdo 091-02-02 Sustitutos de la manteca de cerdo y otras grasas comestibles similares, de origen animal o vegetal, n.e.p. 272-05-02 Sal para la mesa únicamente 552-02-03 Jabón para lavar únicamente Arto. 4.- Se clasifican como de Segunda Categoría los artículos o mercaderías de importación contenidas en la siguiente lista: LISTA NUMERO DOS __________________________________________________________________________________________________________________________________ Grupos, partidas, sub-partidas e incisos del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN __________________________________________________________________________________________________________________________________ 022-01-01 Leche y crema (Toda la subpartida) 022-02-01 Leche y crema (Toda la subpartida) 031-01-03 Peces para acuario 046 Harina, gruesa y fina, de trigo, escanda y comuña (Todo el grupo) 047 Cereales molidos, excepto harina de trigo (Todo el grupo) 048-01-01 Crudos (ni tostados ni cocidos) 048-02-00 Malta 048-09-02 Alimentos dietéticos base de cereales 048-09-03 Mezclas elaboradas especialmente para la confección de artículos de panadería y repostería 053-04-03 Extractos de frutas 054-03-01 Lúpulo 061-09-01 Glucosa o dextrosa y levulosa o fructuosa 061-09-02 Azúcar de leche o lactosa 061-09-03 Azúcar de multa o maltosa 061-09-08-2 Jarabe de arce, miel artificial y caramelo (miel o azúcar quemada) 072-02-00 Cacao en polvo, con o sin azúcar 099-09-03 Levadura y fermentos de toda clase, en cualquier forma, excepto los para uso farmacéutico y las enzimas 099-09-05 Jarabes y concentrados para la preparación de bebidas no alcohólicas (Toda la subpartida) 121-01-00 Tabaco en rama, incluso los desperdicios 231-04-00 Desperdicios y desechos de caucho (incluso los artículos usados de tejidos encauchados. Utilizable solo como materia prima) 244 Corcho en bruto y desperdicios (Todo el Grupo) 251 Pulpa y desperdicios de papel (Todo el Grupo) 261 Seda (Todo el Grupo) 262 Lana y otros pelos de animales (Todo el Grupo) 264 Yute, incluso pedazos y desechos de yute (Todo el Grupo) 265 Fibras vegetales excepto algodón y yute (Todo el Grupo) 266 Fibras artificiales y sintéticas (Todo el Grupo) 167 Desperdicios de tejidos de fibras textiles, incluso trapos (Todo el Grupo) 272-01-00 Asfalto natural 272-04-02 Caolín y tierras arcillosas, n.e.p. 272-05-01 Sal gema o sal marina sin refinar, incluso agua de mar 272-06-00 Azufre sin refinar, en cualquier forma 272-07 Abrasivos naturales, incluso los diamantes industriales (Toda la partid) 272-11 Piedras para usos industriales, excepto para dimensión (Toda la partida) 272-12-00 Asbestos y amianto en bruto, lavados o triturados 272-13-00 Mica, sin cortar o sin manufacturar, en láminas o en bloques, en películas y en fragmentos; derechos de mica, sin moler o molidos 272-14-00 Feldespato, espatoflúor y criolita 272-16-00 Grafito natural o plombagina 272-19 Minerales no metálicos en bruto, n.e.p. (Toda la partida) 28 Minerales metalíferos y chatarra metálica (Todo el Capítulo) 291 Productos animales en bruto, no comestibles n.e.p (Todo el Grupo, excepto la subpartida 291-09-12) 311 Carbón, coque y brinquetas (Todo el Grupo) 312 Petróleo crudo y parcialmente refinado (Todo el Grupo) 313 Productos derivados del petróleo (Todo el Grupo excepto las subpartidas 313-05-01 y 313-05-02) 314 Gas natural y artificial (Todo el Grupo) 411-02-01 Lanolina 411-02-03 Otros aceites, mantecas y grasas de origen animal, par usos industriales, n.e.p 412-01-00 Aceite de linaza 412-06-00 Aceite de palma 412-07-00 Aceite de coco 413-02-00 Aceites y grasas hidrogenados 413-04 Ceras de origen animal o vegetal (Toda la partida) 511-09-10 Carburo de calcio 521 Alquitrán mineral y productos químicos crudos extraídos del carbón, petróleo y gas natural (Todo el Grupo) 531 Tintes de alquitrán de hulla e índigo (añil) natural (Todo el grupo) 533-01 Materias colorantes, incluso las pinturas al temple, que no sean derivadas del alquitrán de hulla-ni de origen animal o vegetal, n.e.p. (Toda la partida) 551 Aceites esenciales materias aromatizantes y saporíferas (Todo el Grupo, excepto la subpartida 551-01-01) 552-01-06 Dentífricos de toda clase, en cualquier forma 552-02-02 Jabones medicinales 552-03-01 Ceras, betunes, etc., en cualquier forma, para limpiar, lustrar y conservar calzado y artículos de cuero 591-01-03 Explosivos preparados, n.e.p. 591-02-01 Guías, cordones o mechas, detonadores y fulminantes, para hacer estallar pólvoras y explosivos 599-01-03 Telas plásticas, no tejidas (excepto las fibras textiles sintéticas y los tejidos hechos con ellas) 599-01-04 Ex Materiales plásticos sintéticos y resinas artificiales en cualquier forma no manufacturada, para uso industrial 599-03 Almidones, féculas, dextrinas, gluten y harina de gluten, excepto los preparados para fines alimenticios (Toda la partida) 599-04 Caseína, albúminas, gelatinas, colas y aprestos (Toda la partida excepto el inciso 599-04-03-1) 599-09-01 Ceras por dentistas, otras ceras artificiales y preparados para modelar a base de ácidos grasos, de ceras y otras substancias similares n.e.p. 599-09-02 Anti-incrustantes, desincrustantes y anticorrosivos para calderas 599-09-03 Colodión 599-09-04 Alquitrán de madera 599-09-05 Colofonia (Pez Rubia) 599-09-06 Otros productos obtenidos de la destilación de la madera y del alquitrán de madera, n.e.p 599-09-07 Productos obtenidos de la destilación de las resinas, n.e.p. 599-09-12 Fundentes y otros preparados auxiliares para soldar (pasta para soldar) 599-09-13 Preparaciones disolventes y diluyentes para barnices y productos similares, n.e.p. 599-09-15 Otros materiales y productos químicos, n.e.p. (Toda subpartida) 611 Cuero (Todo el Grupo) 612-03-03 Suelas, tacones y otras piezas cortadas o confeccionadas de cualquier otro material, n.e.p., para calzado 612-09-00-2 Cordones para calzado 621 Materiales fabricados de caucho (Todo el Grupo excepto la subpartida 621-01-03) 629-01-01 Llantas macizas, con o sin aros metálicos 629-01-02-2 Ex Las demás excepto llantas para trailers 629-02-00 Artículos higiénicos, médicos y quirúrgicos de caucho, excepto tubos, n.e.p. (Toda la subpartida) 629-09-03 Guantes de caucho para cualquier uso 629-09-04 Tapones y cápsulas de caucho, por botellas 629-09-07 Gomas de borrar y bandas de caucho 629-09-08-2 Oros artículos de caucho y ebonita, n.e.p. 632-09-00-3 Hormas de madera para zapatos 633 Manufacturas de corcho (Todo el Grupo) 641 Papel y cartón (Todo el Grupo, excepto las subpartidas 641-01-00, 641-02-01 y 641-12-02; y 641-02-02 y 641-08-00) 642 Artículos de pulpa, de papel y de cartón (Todo el Grupo, excepto las subpartidas 642-01-01-4, 642-01-02-2, 642-09-09-1, 642-09-09-4 y 642-09-09-5 Ex; y 642-03-00, 642-09-01 y 642-09-05) 651 Hilazas e hilos de fibras textiles (Todo el Grupo) 652-02-04 Tejidos de algodón, blanqueadores, teñidos, etc., n.e.p. que pesen de 80 a 150 gramos por metro cuadrado (Toda la subpartida) 652-02-05 Tejidos de algodón, blanqueados, teñidos, etc., n.e.p. que pesen más de 150 gramos por metro cuadrado (Toda la subpartida) 654-03-05-1 Cintas de algodón con bordes reforzados por un hilo grueso o cordoncillo, especiales para zippers 655-02-00 Formas de fieltro de lana o pelos para sombreros, n.e.p. 655-03-00 Formas para sombreros, n.e.p. 655-04-01-1 Cinta aisladora para electricidad 655-04-02-1 Telas alquitranadas o aceitadas, para enfardeladuras 655-04-02-3 Telas de seda, rayón (seda artificial) o fibras sintéticas impermeabilizadas, para fines quirúrgicos 655-04-02-6 Telas y fieltros alquitranados o aceitados para techos o forros exteriores 655-04-03-1 Telas para ser usadas en el proceso de trubenización, o similares 655-06-01-2 De lino, cañamo, yute, ramio y otras fibras vegetales, n.e.p 655-06-02 Mallas y redes (excepto para deportes) confeccionadas con cordeles, cordajes, etc. de cualquier fibra textil, incluso las redes y los sedles para la pesca. 655-09 Productos especiales de materias textiles y de productos conexos, n.e.p (Toda la partid) 656-02-00-1 Tapa cargas (manteados), de lona 656-03-05-1 Mantas (fradas, cobijas) mantas de viaje 656-05-03 Únicamente los mosquiteros manufacturados de tule so puntos de algodón, lisos y de tejido uniforme de forma exagonal, que no contengan más de 8 hexágonos en un cuadro que tenga 6 m.m. por lado 662-03-00 Ladrillos refractarios y otros materiales refractarios para construcción 663-01-00 Ruedas de piedras calibradas, naturales o artificiales, para moler, afilar y pulir (Toda la subpartida) 663-02-00 Papeles, cartones y tejidos revestidos de abrasivos naturales o artificiales 663-03-03 Fajas para fricción, de cualquier tamaño, empaques y otros artículos n.e.p. de asbesto puro o mezclado con cualquier material (Toda la subpartida) 663-05-00 Productos de carbón y grafito, excepto los crisoles y las minas para lápices (incluso los carbones para alumbrado, electrodos, escobillas de carbón y sus materiales accesorios y carbones para baterías) 663-06-03 Lana mineral (Rook-wool) y otros compuestos y subtancias minerales, n.e.p., aislantes del calor y del sonido y sus manufacturas, excepto las para construcción 663-07-00 Productos refractarios (vg. retortas, crisoles, muflas, toberas, conexiones, soportes, tubos, cañerías3, láminas y barras, excepto los materiales refractarios para la construcción (Toda subpartida)) 663-09 Artículos de cerámica, n.e.p., filtros, artículos y aparatos n.e.p., para laboratorio, pilas bebederos y otros recipientes para la economía rural, pomos para envases con tapas o sin ellas y otros artículos de cerámica para usos industriales o agrícolas) (Toda la partida, excepto los incisos 663-09-01-1, 663-09-02-1 y 663-09-03-1) 664-02-00 Vidrio óptico y vidrio para anteojos en bruto 681 Hierro y acero (Todo el Grupo, excepto la subpartida 681-06-01) 682 Cobre (Toda el Grupo, excepto el inciso 682-02-02-1) 683 Niquel (Todo el Grupo) 684 Aluminio (Todo el Grupo, excepto la subpartida 684-02-04) 685 Plomo (Todo el Grupo) 686 Zinc (Todo el Grupo) 687 Estaño (Todo el Grupo) 689 Otros metales comunes, no ferrosos, empleados en la metalurgia (Todo el Grupo) 699-03-00 Alambres retorcidos, cables, cordajes, cuerdas, bandas trenzas, eslingas y demás artículos similares, de alambre de hierro o de acero, excepto los cables aislados para electricidad 699-05-02 Telas metálicas de hierro o acero propio par la protección contra insectos y telas de hierro o acero para tamices (Toda la subpartida) 699-05-03 Redes, cercas, enrejados y mallas de alambre o de metal ensanchado, de hierro o acero 699-06-01 Telas metálicas, de metales comunes no ferrosos o de sus aleaciones, para tamices o propias para la protección contra insectos (Toda la subpartida) 699-07-02 Clavos, pernos, tuercas, arandelas, remaches, tornillos, tachuelas, grapas para cercas, y artículos análogos de todos los metales comunes (Toda la subpartida) 699-12-03 Otras herramientas de mano, n.e.p. 699-13 Utensilios domésticos de hierro o acero (Toda la partida) 699-17-03 Tijeras de toda clase y sus cuchillas, n.e.p (Toda la subpartida) 699-18-01 Artículos de ferretería, hechos principalmente de hierro o acero, estén o no revestidos (Toda la subpartida, excepto el inciso 699-18-01-7) 699-21-02 Tanques, cubas y otros recipientes análogos, de metal, de capacidad superior a 500 litros 699-21-03 Barriles, toneles, tambores y tanques de metal, cuya capacidad no exceda de 500 litros (incluso botes para transporte de leche y los aisladores para transporte de helados, etc.) (Toda la subpartida) 699-21-04 Cilindros metálicos para gases comprimidos y recipientes análogos que resisten presión, sin soldaduras o con fondos soldados 699-22-01 Cocinas (fogones), hornos, estufas y calderas para calentar agua y sus partes 699-29-01 Resortes metálicos de toda clase (Toda la subpartida) 699-29-02 Cadenas metálicas de toda clase, incluso sus partes y accesorios (excepto las incluidas en la partida 673-02-00 como imitaciones de joyas) (Toda la subpartida, excepto el inciso 699-29-02-2) 699-29-03 Anclas, boyas y arpeos y estructuras flotantes distintas de las embarcaciones (pontones y ataguías, plataformas flotantes de embarque y desembarque, faros, etc.) 699-29-06 Tapones, metálicos, corchos con coronas metálicas, tapas, cápsulas o casquetes par botellas, bitoques; sellos o marchamos de metales comunes, para sellar bultos o paquetes, o para marcar aves y ganado; protectores de esquinas de cajas y accesorios similares para embalar, de metales comunes (Toda la subpartida) 699-29-07 Tubos (no par envases) y cañerías flexibles de metales comunes (Toda la subpartida) 699-29-14 Trampas de metales comunes, para animales 699-29-16 Remaches tubulares y bifurcados, broches, marcas con broches para carteras de mano y artículos similares, hebillas, broches de hebillas, ganchos, corchetes, ojotes y artículos similares, de metales comunes, para prendas de vestir, artículos de viaje, carteras de mano y demás artículos confeccionados de textiles o de cuero (que no sean imitación de joyas) (Toda la subpartida) 699-29-20-1 Crisoles 699-29-20-3 Contrapesos para balanzas de hierro o acero y herraduras 716-02-00 Carros y carretillas industriales, movidos por fuerza eléctrica o por motores de explosión (veces conocidos como tractores industriales, empleados para el transporte interior en las fábricas, estaciones de ferrocarril, muelles, etc.) 716-03-02 Ex Ascensores y montacargas, excepto ascensores y elevadores para personas y escaleras mecánicas 716-03-03 Gatos o micas, garruchas, cabrias polispastos, grúas y demás maquinaria par levantar; transbordadores, transportadores aéreos y demás maquinaria para transportar o transbordar 716-13-01 Molinos de café, picadores de carne, extractores de jugo y otros utensilios mecánicos para uso doméstico o industrial, excepto eléctricos (Toda la subpartida) 716-13-02 Gasógenos, generadores y purificadores de gas; generadores de acetileno (por vía húmeda) 716-13-03 Elevadores de líquidos con sistema de cubos, cadenas, tornillo, bandas y otros sistemas análogos 716-13-04 Bombas de aire (incluso infladores para cámaras), bombas aspirantes y compresores de aire o de gas, con o sin su motor propio (Toda la subpartida) 716-13-05-3 Destinados a arrojas vapor o arena, incluso los extinguidores de incendio y las Pistols para pintar 716-13-10 Máquinas para pesar, básculas y maquinas para contar y comprobar, movidas por acción del peso (excepto granatarios, pesa-cartas y balanzas de precisión) (Toda la subpartida) 716-13-19 Material y accesorio fijos para vías férreas, n.e.p., aparatos de señales no eléctricos, por guiar vehículos de carretera, ferrocarriles, etc. 716-13-20 Maquinas y utensilios mecánico para fabricar cigarrillos 716-14-00 Cojinetes de bolas, agujas o rodillos y sus piezas de repuestos 716-15 Repuestos y accesorios para máquinas (excepto las eléctricas) no incluidos en la partida 716-13 y no asignables a una determinada clase de maquinaria) (Toda la partida) 721-02-00 Pilas y baterías eléctricas, secas 721-03 Bombillas, lámparas de arco y tubos para alumbrado eléctrico, completos (Toda la partida) 721-04-01 Ex Transmisores para radiodifusión y televisión 721-04-02 Ex Tubos y válvulas para transmisores de radiodifusión y televisión 721-04-03 Ex Micrófonos y amplificadores 721-04-04 Ex Condensadores, filtros y otros accesorios y repuestos n.e.p. para transmisores de radiodifusión y televisión 721-06-04 Hornos, crisoles y tostadores eléctricos, para usos industriales 721-08 Aparatos para medir y controlar la energía eléctrica, aparatos eléctricos de señales y de seguridad, timbres eléctricos (Toda la partida, excepto la subpartida 721-08-01, 721-08-05 y 721-08-03) 721-12-04 Herramientas eléctricas portátiles (taladros, sierras, atornilladores, etc.) 721-13-00-2 Cables y alambres aislados para conducir la electricidad con envoltura exterior de otra materia y los esmaltados o aislados mediante oxidación anódica 721-19-02-2 Placas y cajas para acumuladores 721-19-02-3 Cajas y placas aisladoras (separadores) para acumuladores 721-19-07 Enchufes, tomacorrientes, interruptores o conmutadores (Switches), fusibles, cajas para conexiones y otros accesorios eléctricos, n.e.p 731 Material ferroviario rodante y tranvías (Todo el Grupo) 732-01-01 Vehículos automotores rústicos (Jeeps, Land Rovers, etc) 732-01-02-1 Station wgon de doble transmisión 732-03-01 Autobuses u obnibuses y otros vehículos automotores para el transporte de pasajeros, excepto los incluidos en las partidas 732-01 y 732-02 732-04-00-1 Los referentes a vehículos comprendidos en la subpartida 732-01-01 732-04-00-2 Los comprendidos en el inciso 732-01-02-1 732-05-00 Chasis de vehículos de la clase especificada en la subpartida 732-03-01 732-06-00-2 Las mismas para los del inciso 732-01-02-1 732-05-00-6 Para los comprendidos en la subpartida 732-03-01 732-06-00-7 Accesorios para vehículos automotores 732-06-00-8 Chasís sin motor, bastidores y otras piezas de repuestos n.e.p. 733-09-03 Carretas, carretillas, carretones, vagones, vagonetas y otros vehículos similares sin motor, para carga (Toda la subpartida) 733-09-06 Piezas de repuestos n.e.p., para todos los vehículos especificados en esta partida 735-09-03 Otros barcos y botes n.e.p, incluso dragas flotantes 811 Edificios prefabricados (Todo el Grupo, excepto la subpartida 811-01-01) 812-02 Fregadores, lavabos, bidés, baños, inodoros, bacinicas, escupideras, orinales, patos, jaboneras, toalleras, regaderas y pitones para baños de ducha, y otros artículos accesorios sanitarios de cerámica y otros materiales, excepto de metal (Toda la partida) 812-03-00 Fregadores, lavabos, bidés, baños inodoros, bacinicas, escupideras, orinales, patos, jaboneras, toalleras, regaderas y pitones para baños de ducha y otros artículos y accesorios sanitarios, de metal (esmaltados o no) 812-04-03 Lámpara eléctricas de mano, de pila o magneto 821-02-01 Muebles de metal para uso médico o quirúrgico 841-01-02 De fibras sintéticas, excepto rayón, puras o mezcladas 841-01-05 De algodón, puro o mezclado (Toda la subpartida) 861-01-01 Microscopio de toda clase, incluso los electrónicos, y las lámparas designadas especialmente para usar con microscopios 861-01-06-2 Con otras materias 861-01-07 Lentes graduados de Cristela, cuarzo o material plástico, sin montar, para anteojos 861-01-08 Lentes y prismas graduados de cristal, cuarzo o material plástico, sin montar para toda clase de instrumentos incluso los espejos ópticos 861-01-09 Lentes de aumento, montados, y cuenta hilos 861-03-01 Termómetros clínicos 861-03-02 Jeringas y agujas hipodérmicas 861-09 Instrumentos de medición, de control y científicos, n.e.p. (Todo la partida) 862-03-00 Productos químicos, incluso magnesio de la clase y forma apropiados para usos fotográficos 891-02-02-2 Ex Discos y cintas grabados con programas radiales para radiodifusoras solamente 891-02-03 Ex Discos y cintas para uso de radiodifusoras sin grabar solamente 892-09-04 Tarjetas para máquinas estadísticas 892-09-10 Etiquetas, viñetas, bandas, tiras, envoltorios, etc., de papel o cartón, impresos, grabados litografiados, anillos para cigarros y artículos similares (Toda la subpartida) 892-09-12-1 Almanaques de toda clase, en folletos 899-01-03 Comprimidos, pastillas, clavos o mechas fumantes, para ahuyentar o matar insectos 899-05-01 Botones de toda clase, excepto de metales preciosos y piedras preciosas, formas sin terminar para botones 899-05-02 Ex Broches a presión solamente 899-11 Artículos hechos de materiales plásticos, n.e.p. (Toda la partida excepto el inciso 899-11-03-6) 899-13-02 Brochas y pinceles par pintar 899-13-02 Cepillos de dientes 899-17-01 Tinta de toda clase, excepto para imprenta 899-17-04-2 Crayones y minas par lápices o lapiceros 899-17-08-1 Cintas para máquinas de escribir y similares, con o sin carretes 899-99-02 Frascos y botellas, termos y otros recipientes al vacío, completos; repuestos para los mismos, excepto las ampollas de vidrio interiores 899-99-06 Cierres relámpagos (Zippers) 921-09-01 Abejas 921-09-03 Animales vivos n.e.p. no destinados a la alimentación Arto. 5.- Clasifican como de Tercera Categoría todos los demás artículos o mercaderías de importación comprendidos en el Código Arancelario de Importaciones que no aparecen incluidos en las Listas Número Uno y Dos que se detallan en los artículos 1 y 4 que anteceden. Arto. 6.- Se fija en el 100% del valor total (CIF) de cada importación, calculado en moneda extranjera, el equivalente en córdobas que deberán depositar los importadores, en el Banco Nacional de Nicaragua o en cualquier otro Banco autorizado, previamente a la obtención del registro de cada pedido de las mercaderías clasificadas en Segunda y Tercera Categorías. Arto. 7.- Quedan sin valor ni efecto las clasificaciones de mercaderías de importación y los porcentajes de depósito previo, establecidos en Decreto No. 3 de 15 de Julio de 1955 y en decretos posteriores modificativos del mismo, todos los cuales quedan derogados por el presente Decreto. Arto. 8.- Este Decreto entrará en vigor desde el día de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., diez y seis de abril de mil novecientos cincuenta y ocho.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el despacho de Economía, Enrique Delgado. -