Nacionalización Del Azúcar

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - NACIONALIZACIÓN DEL AZÚCAR DECRETO NO. 769, Aprobado el 19 de Julio de 1981 Publicado en La Gaceta No.170 del 31 de Julio de 1981. LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO: Que es deber del Estado garantizar la efectiva distribución de los productos básicos en beneficio del pueblo trabajador. Por Tanto: En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Queda nacionalizada la distribución del azúcar en todo el país, y las empresas que a nivel nacional se dedican a esta actividad, calculándose el monto de la indemnización por el valor en Libros de las respectivas acciones o participaciones y realizándose el pago con bonos del Estado, de conformidad con la Ley. Por consiguiente, esta actividad se reserva exclusivamente al Estado, quien la ejercerá por medio del Ministerio de Comercio Interior. Artículo 2.- El Ministerio de Comercio Interior, dictará el reglamento del presente Decreto quedando facultado para designar al organismo o empresa estatal bajo su dirección, el cual se encargará de cumplir lo aquí, dispuesto. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción. JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. -Sergio Ramírez Mercado.- Daniel Ortega Saavedra.- Rafael Córdova Rivas. -