Modifícase Un Gravamen De Introducción Del Código Arancelario De Importaciones

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - (MODIFÍCASE UN GRAVAMEN DE INTRODUCCIÓN DEL CÓDIGO ARANCELARIO DE IMPORTACIONES) DECRETO No.10, Aprobado el 5 de Octubre de 1955 Publicado en La Gaceta No. 231 del 11 de Octubre de 1955 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las facultades que le confiere el Art. 23 del Código Arancelario de Importación, Decreta: Artículo 1o.- Modifícase el gravamen de introducción consignado en el Código Arancelario de Importaciones en la Partida 651-05-00, debiendo leerse dicha partida así: Específico Ad-Valorem 651-05-00- Hilazas o hilo de lino, cáñamo y ramio $ 0.45 10% Artículo 2o.- El presente deberá publicarse en <La Gaceta>, Diario Oficial y principiará a regir desde el 1o. de Julio del año en curso y todo excedente de gravamen que se hubiese cobrado a partir de esa fecha diferente de lo estipulado en este Decreto, deberá devolverse al interesado. Dado en Casa Presidencial.-Managua, D. N., a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos cincuenta y cinco. (f) A. SOMOZA, Presidente de la República,- (f)-Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. -