Modifícase Artículo 1 Del Decreto Ejecutivo No. 9 De 6 De Febrero De 1971 En Relación A Emisión De Sellos Postales "los Diez Mandamientos"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - MODIFICASE ARTICULO 1 DEL DECRETO EJECUTIVO No. 9 DE 6 DE FEBRERO DE 1971 EN RELACIÓN A EMISIÓN DE SELLOS POSTALES "LOS DIEZ MANDAMIENTOS" Decreto No. 24 del 30 de agosto de 1971 Publicado en La Gaceta No. 205 de 9 de septiembre de 1971 El presidente de la República, En uso de sus facultades, Considerando: Que por razones justificadas se aumentará el tiraje de la denominación de Dos Córdobas y se cambiará uno de los diseños de la emisión de sellos postales "Los Diez Mandamientos" autorizada por Decreto Ejecutivo No. 9 del 6 de febrero de mil novecientos setenta y uno. Decreta: Artículo 1.-Se modifica la parte del Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No.9 del 6 de febrero de 1971, donde dice: "Tres Millones Setecientos Setenta y Cinco Mil Estampillas (3.775.000) con valor de Un Millón Quinientos Diecisiete Mil Quinientos Córdobas Netos (C$ 1.517.500.00)", deberá leerse: "Tres Millones Novecientas Mil Estampillas (3.900.000) con valor de Un Millón Setecientos Sesenta y Siete Mil Quinientos Córdobas (C$ 1.767.500.00)", y donde dice:" 75,000 estampillas de 2 córdobas, C$ 150,000.00" deberá leerse: "200,000 estampillas de 2 córdobas, C$400,000.00". Asimismo se modifica el Artículo 2 Acápite C), donde dice "Sebastián Bourdan (1616-1671)", que deberá leerse: "Edgar Degas (1834-1917)", que es lo que corresponde. Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, treinta de agosto de mil novecientos setenta y uno.- (f) A. Somoza, Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P." -