(Modifica El Presupuesto General De La Republica).

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - (MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA) DECRETO EJECUTIVO No. 123-99, Aprobado el 1 de Diciembre de 1999 Publicado en la Gaceta No. 231 del 2 de Diciembre de 1999 El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO I Que de acuerdo al Artículo.1 de nuestra Constitución Política, la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional, son derechos irrenunciables del pueblo y fundamento de la nación nicaragüense. II Que el día 30 de Noviembre de 1999 el Congreso de la República de Honduras, a petición del Poder Ejecutivo de ese País, y en contubernio con la República de Colombia, ratificó el tratado Ramírez López del 2 de Agosto de 1986 por medio del cual esos dos países pretenden fijarle fronteras marítimas a nuestro país en forma arbitraria e inconsulta. III Que este hecho es una clara y flagrante agresión a la integridad de nuestro territorio y vulnera los principios del Sistema de Integración Centroamericana y los principios fundamentales enunciados en los Artos 5 y 9 de nuestra Constitución Política. IV Que es preciso tomar las medidas que sean necesarias para defender los inalienables derechos territoriales y patrimoniales de la nación ante esta sorpresiva e inusitada agresión. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere el Artículo 150, inciso 1), 4), 8) y 3) de la Constitución Política en el Artículo.31 de la Ley de Régimen Presupuestario. DECRETA UNICO: Instruir al Ministro de Hacienda y Crédito Público para: a) Efectuar las modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República en los ramos de Gobernación, Relaciones Exteriores, Defensa, Fomento Industria y Comercio y Transporte e Infraestructura, con el fin de hacer frente a la situación planteada y a realizar los desembolsos necesarios para este efecto. b) Informar a la Asamblea Nacional para los efectos del Artículo.112 Cn. y el 31 de la Ley de Régimen Presupuestario. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial al primer día del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -