Mándese Resellar En La Imprenta Nacional Unos Timbres De Tabaco

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - (MÁNDESE A RESELLAR EN LA IMPRENTA NACIONAL UNOS TIMBRES DE TABACO) No. 109, Aprobado el 20 de Enero de 1939 Publicada en La Gaceta No. 18 del 23 de Enero de 1939 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DECRETA: Único- Mandar a resellar en los Talleres de la Imprenta Nacional, con la leyenda 1939 y en tinta roja de la especial que tiene la Secretaría de Hacienda, Siete Millones Doscientos Mil (7,200.000) Timbres de Tabaco de Seis (C$ 0.06) cada uno con las formalidades de ley. Una vez resellados estos timbres, se pondrán al expendio público. Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los veinte días del mes de Enero de mil novecientos treinta y nueve.- SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. J. Sánchez R. -