Liberalizacion De Impuestos A La Exportacion De Diferentes Rubros De Produccion Nacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Decretos Ejecutivos - LIBERALIZACIÓN DE IMPUESTOS A LA EXPORTACIÓN DE DIFERENTES RUBROS DE PRODUCCIÓN NACIONAL DECRETO NO. 6-91 del 28 de enero de 1991 Publicado en La Gaceta No. 29 del 11 de febrero de 1991 El Presidente de la República de Nicaragua, En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Se declara libre del pago de impuestos la exportación de los siguientes rubros de producción nacional: CAFE, ALGODON, AZUCAR, AJONJOLI DESCORTEZADO Y SIN DESCORTEZAR, CARNE DE GANADO VACUNO Y MELAZA DE CAÑA DE AZUCAR. Artículo 2.- El presente Decreto deroga cualquier disposición que se le oponga y entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos noventa y uno. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA -