Ley De Estímulo Fiscal A Los Donantes Por Su Aporte Para Atender Necesidades Provocadas Por El Huracán "juana"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - LEY DE ESTÍMULO FISCAL A LOS DONANTES POR SU APORTE PARA ATENDER NECESIDADES PROVOCADAS POR EL HURACÁN "JUANA" Decreto No. 398 de 25 de Octubre de 1988 Publicado en La Gaceta No. 222 de 22 de Noviembre de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, Decreta: La siguiente, Ley de Estímulo Fiscal por sus Aportes para atender necesidades por el Huracán "JUANA" Arto. 1.- Para la determinación de la utilidad gravable con impuesto sobre la Renta, se aceptarán como gastos deducibles todas las donaciones destinadas al proceso de reconstrucción y ayuda a los damnificados por los efectos destructivos ocasionados por el Huracán "Juana". Arto. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación colectivo, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y ocho. "Por una Paz Digna, ¡Patria Libre o Morir!".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República. -