Gobierno Dará Títulos De Cirujano Dentista

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - GOBIERNO DARÁ TÍTULOS DE CIRUJANO DENTISTA DECRETO No. 03, Aprobado el 9 de Enero 1961 Publicado en La Gaceta No. 29 del 3 de Febrero de 1961 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, Considerando: Que conforme Decreto Ejecutivo No. 7 del día 4 de Mayo de 1954 fue creada la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nicaragua, y aprobado su Plan de Estudios para optar al Título de Doctor en Odontología; Considerando: Que las actuales exigencias académicas en los Centros de estudios superiores de América Latina señalan como título para la carrera de Odontología el de Cirujano-Dentista; Considerando: Que se hace necesario reformar la denominación de los títulos que el Estado expide a los graduados de la carrera en Odontología para armonizar su nomenclatura con el Diploma que otorga la Universidad Nacional de Nicaragua; Decreta: 1.- Que el título que el Estado expedirá a los graduados en la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional, será el de Cirujano-Dentista. 2.- Se deja sin efecto el Título de Doctor en Odontología que fue acordado en Decreto Ejecutivo No. 7 del 4 de mayo de 1954 para los graduados en la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nicaragua. 3.- El presente Decreto surte efectos de ley, a partir de esta fecha. Comuníquese.- Publíquese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 9 de Enero de 1961.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Educación Pública, René Schick. -