Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Mercantil
Rango: Decretos Ejecutivos
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FACULTADES AL MINISTERIO DE
COMERCIO EXTERIOR
Decreto No. 1131 de 31 de octubre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 265 de 12 de noviembre de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo1.-Otórgase al Ministerio de Comercio Exterior la
facultad de ser el único ente autorizado del país para realizar las
exportaciones de Jengibre.
Artículo 2.-El Ministerio de Comercio Exterior podrá
autorizar la exportación de dicho producto por medio de terceros
cuando así lo estime conveniente.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de
octubre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente
a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.
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