Facilidades De Importación De Arroz Para Costa Atlántica

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - FACILIDADES DE IMPORTACIÓN DE ARROZ PARA COSTA ATLÁNTICA DECRETO No. 3; Aprobado el 25 de Julio de 1958 Publicado en La Gaceta No. 170 del 29 de Julio de 1958 DECRETO No. 3 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades que le otorga el Arto. 195, ordinal 3) Cn., y la Ley de Defensa al Consumidor de Artículos Nacionales de Primera Necesidad en Periodos de Escasez de 15 de Junio de 1955, DECRETA: Artículo 1.- Extiéndase a todo el Litoral Atlántico la declaración de escasez de arroz establecida en el Decreto No. 30 de 16 de Junio de 1958. Artículo 2.- Aumentase en 1,000 quintales el monto de las autorizaciones expresadas en el referido Decreto para la importación de arroz que para dicho Litoral expida el Departamento de Emisión del Banco Nacional de Nicaragua. Artículo 3.- Este Decreto entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., veinticinco de Julio de mil novecientos cincuenta y ocho.- LUIS A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, E. DELGADO. -