Exoneracion De Impuestos Al Ministerio De Educacion

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - EXONERACION DE IMPUESTOS AL MINISTERIO DE EDUCACION Decreto No. 692 de 28 de marzo de 1981 Publicado en La Gaceta No. 78 de 4 de abril de 1981 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que la Educación del pueblo nicaragüense es objetivo prioritario en su programa de gobierno; II Que se debe facilitar e implementar la construcción de escuelas y el equipamiento de las mismas con el adecuado material docente. POR TANTO En uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Exonérase al Ministerio de Educación del pago del Impuesto del diez por ciento (10%) sobre las ventas por las importaciones, tanto de materiales para la construcción de escuelas, edificaciones conexas con la educación, como de los equipos y material docente para las mismas. Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DF, RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra, Rafael Córdova Rivas. -