Emitase Nueva Emisión De Córdobas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Decretos Ejecutivos - (EMITASE NUEVA EMISIÓN DE CÓRDOBAS) No.15, Aprobado el 10 de Enero de 1945 Publicado en la Gaceta No. 7 del 13 de Enero de 1945 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DECRETA: 1.- De conformidad con solicitud del banco Nacional de Nicaragua, Departamento de Emisión y aprobación de la Junta Directiva del Banco Nacional de Nicaragua en sesión ordinaria de 26 de Diciembre de 1944, emitir la cantidad de 620.000 billetes con un valor total nominal de veinte millones de córdobas (C$ 20.000.000.00), de conformidad con las especificaciones siguientes: 100.000 Billetes de C$ 100.00 c/u, Total Nominal C$ 10.000.000.00 120.000 Billetes de C$ 50.00 c/u, Total Nominal C$ 6.000.000.00 400.000 Billetes de C$ 10.00 c/u, Total Nominal C$ 4.000.000.00 Total: 620.000 Billetes con valor de C$ 20.000.000.00 2.- Estos billetes serán impresos en el American Bank Note Co. de Nueva York, y sus detalles de forma, dimensiones y coloridos serán iguales a los especificados en el Decreto Ejecutivo No.84 de 23 de Septiembre de 1942, con la diferencia de la leyenda de las series que corresponderán a 1945, las cuales deberán ser más visibles por su tamaño en sus letras y cifras así como del anverso de cada billete; todos estos billetes pertenecerán a Series 1945 y llevarán dobles numeraciones de registro en el anverso, del 000.001 arriba, en su orden, por cada clase o valor. 3.- Las firmas que autorizarán las emisiones serán las del Presidente de la República, General ANASTASIO SOMOZA. Del Presidente de la Directiva del Banco Nacional de Nicaragua, don ANTIOCO SACASA y del Gerente General del Banco Nacional de Nicaragua, don RAFAEL A. HUEZO; y los referidos billetes serán puestos en circulación tan luego sean recibidos, llenándose previamente las formalidades legales. Comuníquese.- Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, diez de Enero de mil novecientos cuarenta y cinco.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. R. SEVILLA. -