Duelo Nacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativo Rango: Decretos Ejecutivos - DUELO NACIONAL DECRETO No. 50-94, Aprobado el 17 de Noviembre de 1994 Publicado en La Gaceta No. 218 de 21 de Noviembre de 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NCARAGUA, CONSIDERANDO I Que MONSEÑOR JULIAN LUIS BARNI SPOTI, Obispo Emérito, desde su venida de Italia a Nicaragua hace cincuenta años, ejerció una abnegada labor apostólica y de ayuda social en las Diócesis de Managua, Juigalpa, León y Matagalpa, para beneficio de los nicaragüenses. II Que es en consecuencia deber ineludible del Gobierno y del mismo pueblo nicaragüense rendir los honores y homenajes que corresponden al Obispo Emérito MONSEÑOR JULIAN LUIS BARNI SPOTI. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Decreto de: Artículo 1.- Expresar en nombre del Gobierno y Pueblo de Nicaragua a la familia doliente, y a la Comunidad Franciscana el más profundo pésame ante la sensible perdida del Obispo Emérito MONSEÑOR JULIAN LUIS BARNI SPOTI. Artículo 2.- Decretar Duelo Nacional el día de hoy diecisiete de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, durante el cual la Bandera Nacional deberá permanecer izada a media asta en todos los edificios públicos e instalaciones militares de la República. Artículo 3.- Nombrar una delegación de Alto Nivel que en representación del Gobierno de la República asistirá a las honras fúnebres que se tributarán en memoria del Obispo Emérito MONSEÑOR JULIAN LUIS BARNI SPOTI. Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los diecisiete días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA -