Duelo Nacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativo Rango: Decretos Ejecutivos - DUELO NACIONAL DECRETO No. 9-94, Aprobado el 21 de Marzo de 1994 Publicado en La Gaceta No. 61 del 5 de Abril de 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que el poeta y escritor JOSÉ CORONEL URTECHO, fundador del Movimiento de Vanguardia y forjador de una nueva generación de poetas, falleció el 19 de Marzo de este año. II Que en consecuencia es deber ineludible del Gobierno y del mismo pueblo nicaragüense rendir los honores y homenajes que corresponden a tan ilustre persona. Por Tanto: En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, Ha Dictado El siguiente Decreto de: DUELO NACIONAL Artículo 1.- Expresar en nombre del Gobierno y Pueblo de Nicaragua, a la familia doliente, el más profundo pésame ante la sensible pérdida del poeta y escritor JOSÉ CORONEL URTECHO. Artículo 2.- Decretar Duelo Nacional el día de hoy veintiuno de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro, durante el cual la Bandera Nacional deberá permanecer izada a media asta en todos los edificios públicos e instalaciones militares de la República. Artículo 3.- Nombrar una delegación de alto nivel que en representación del Gobierno de la República exprese sus condolencias a la familia doliente, y asista a las honras fúnebres que en esta capital se tributen en memoria del poeta y escritor JOSÉ CORONEL URTECHO. Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, el día veintiuno de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -