Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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(DISPOSICIONES EN EL RAMO DE
INSTRUCCIÓN PÚBLICA)
Aprobado el 11 de Enero de 1926
Publicado en La Gaceta No. 26 del 2 de Febrero de 1926
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Los centros docentes de primera enseñanza
municipales y privados estarán sujetos estrictamente al Reglamento
de las escuelas primarias y a las demás leyes y disposiciones de
instrucción pública, de conformidad con el Reglamento de las
escuelas primarias de 27 de noviembre de 1914.
Artículo 2.- Esta ley regirá desde su publicación en la
Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados Managua,
11 de enero de 1926 (f) SEG. CHAMORRO ARGÜELLO, D. P.
(f) ANTONIO FALLAS, D. S. (f) J. JOAQUIN MORALES,
D. S.
Al Poder Ejecutivo Cámara del Senado, Managua, 22 de enero de
1926 (f) SEBASTIÁN URIZA, S. P.-JUAN DE D. PASTORA,
S. S. (f) J. L. SALAZAR, S. S.
Por Tanto Ejecútese Casa Presidencial Managua, 22 de enero de
1926 (f) EMILIANO CHAMORRO El Ministro de la Instrucción
Pública, (f) J. M. SIERO.
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