Disposición Relativa Al Papel Sellado

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - DISPOSICIÓN RELATIVA AL PAPEL SELLADO Aprobado el 20 de Noviembre de 1901 Publicado en La Gaceta No. 1520 del 6 de Diciembre de 1901 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DECRETA: 1º - Se escribirán en papel sellado de $ 2.00, todos los documentos oficiales que habiéndose extendido en papel simple se pidan de ellos copias por duplicado, conforme á la ley, como órdenes, resoluciones, etc., autorizadas por los Ministerios y demás oficinas administrativas. 2º - El presente decreto empezará á regir desde su publicación. Dado en Managua, á los veinte días del mes de Noviembre de mil novecientos uno.- J. S. Zelaya.- El Ministro de Hacienda.- Félix P. Zelaya R. -