Derógase Decreto Del 11 De Enero De 1933

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energética Rango: Decretos Ejecutivos - (DERÓGASE DECRETO DEL 11 DE ENERO DE 1933) No. 313-D.- Aprobado el 12 de Noviembre de 1937. Publicado en La Gaceta No. 262 del 30 de Noviembre de 1937. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En atención a las razones aducidas por el señor Presidente de la Junta Local de Bluefields, sucesora de la extinta Municipalidad del mismo lugar y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Art. 3º del Decreto Legislativo de 10 de marzo de 1922, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de hacer los arreglos necesarios para su efectividad, así como la de fiscalizar la exacta inversión de los fondos colectados en virtud de dicho decreto, que sin embargo, la misma ley prescribe que tales fondos pertenecen a la municipalidad, ahora Junta Local de Bluefields, para el mantenimiento de la luz eléctrica de aquella ciudad y que corresponde a dicha Corporación la recaudación, custodia y administración de esos fondos y la facultad de entregarlos a la persona o entidad que ella privativamente juzgue tener derecho por causa del referido servicio de luz, cabe dejar sin efecto el decreto ejecutivo de 11 de enero de 1933, POR TANTO: y en uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Derógase en todas sus partes el mencionado decreto de 11 de enero de 1933. Artículo 2.- En cumplimiento de lo que dispone el decreto Legislativo de 10 de marzo de 1922, los fondos que se recauden para el mantenimiento de la luz eléctrica de Bluefields, deberán ser entregados por la Recaudación General de Aduanas a la Junta Local de Bluefields, la cual directamente los percibirá y administrará en la forma prescrita por el Art. 2º de dicho decreto de 10 de marzo de 1922. Artículo 3.- El presente Decreto principiará a regir desde su publicación en La Gaceta Oficial. Dado en Casa Presidencial- Managua, D. N., 12 de noviembre de 1937.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Fomento y Obras Públicas.- J. Román González. -