Derogación Del Artículo 18 Del Decreto No. 36 De 1979

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO No. 36 DE 1979 Decreto No. 472 de 20 de Octubre de 1989 Publicado en La Gaceta No. 234 de 11 de Diciembre de 1989 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Arto. 1.- Se deroga el Arto. 18 del Decreto No. 36 de 1979, Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, publicado en La Gaceta No. 5 del 31 de Agosto del mismo año. Arto. 2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y nueve. "Año del X Aniversario".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República. -