Denominase Año 1977 "año Del Desarrollo Agro-Industrial"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - DENOMINASE AÑO 1977 "AÑO DEL DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL" Decreto No. 157 del 1o de Enero de 1977 Publicado en La Gaceta No. 55 del 7 de Marzo de 1977 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, Por Cuanto: Por ser Nicaragua un país eminentemente Agrícola e Industrial, actividades en que se fundamenta primordialmente la economía, y el bienestar de los nicaragüenses todos está plenamente justificado denominar el año 1977 "AÑO DEL DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL", Por Tanto: Decreta: Primero: El año 1977 será denominado "AÑO DEL DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL" y así deberá expresarse en todos los documentos oficiales expedidos por el Poder Ejecutivo y autoridades de sus dependencias, debiendo confeccionarse toda la papelería para uso oficial, con el membrete que diga: "AÑO DEL DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL"; Segundo: El presente decreto regirá desde el 1° de Enero de mil novecientos setenta y siete. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 1o. de Enero de mil novecientos setenta y siete.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) J. Antonio Mora R., Ministro de Gobernación". -