Dejar Sin Efecto El Decreto No. 14-97 De 28 Febrero De 1997

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energética Rango: Decretos Ejecutivos - DEJAR SIN EFECTO EL DECRETO NO. 14-97 DE 28 FEBRERO DE 1997 DECRETO No. 19-97, Aprobado el 01 de Abril de 1997 Publicado en La Gaceta No. 59 del 01 de Abril de 1997 PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA DE NICARAGUA DEJAR SIN EFECTO DECRETO No. 19-97 El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 150 inciso 6) de la Constitución Política, DECRETA: Artículo 1.- No obstante las razones técnicas que lo asisten, en atención a la voluntad de la ciudadanía y de sectores de la producción, déjase sin efecto el Decreto No. 14-97 de fecha 28 de Febrero de 1997, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 52 del día 14 de Marzo del corriente año. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el Primero de Abril de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la Republica de Nicaragua.- LORENZO GUERRERO, Ministro de la Presidencia. -