Decreto Sobre La Ley De Tráfico

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - (DECRETO SOBRE LA LEY DE TRÁFICO) DECRETO EJECUTIVO No.711, Aprobado el 30 de Mayo de 1946 Publicado en La Gaceta No. 115 del 1 de Junio de 1946 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de sus facultades, Decreta: Primero.- El Art. 91 de la Ley de Vehículos y Tráficos, de cinco de Mayo de mil novecientos treinta y ocho, se leerá así: Art. 91.- Todo conductor de vehículo que se aproxime a la intersección de una calle, deberá conceder el derecho de pase en tal lugar, a todos los vehículos que vengan por la Avenida, pero en todos los puntos donde hayan Policías de Tráfico, éstos tendrán facultades completas para regularlo. Segundo.- El presente decreto surtirá sus efectos legales desde su publicación en La Gaceta. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 30 de Mayo de 1946.- A. SOMOZA.- El Ministro de Policía, C. A. Morales. -