Decreto, Prorogando Los Efectos Del Decreto Ejecutivo De 17 De Febrero De 1880

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO, PROROGANDO LOS EFECTOS DEL DECRETO EJECUTIVO DE 17 DE FEBRERO DE 1880 Aprobado el 27 de Marzo de 1882 Publicado en La Gaceta No 15 del 1 de Abril de 1882 El Gobierno- Considerando: que el derecho ejecutivo de 17 de Febrero de 1880, que señalo el término de un año para glosar y fenecer las cuentas pendientes de los fondos públicos locales, por su calidad de transitorio no puede considerarse en vigor; y teniendo presente que en los archivos de las Prefecturas existe todavía un considerable número de cuentas rezagadas: En uso de la facultad que le confiere el artículo 5º. de la ley de 14 de Marzo de, 1871- Decreta: Único  Proróganse por un año los efectos del decreto de que se ha hecho referencia. Dado en Managua, á 27 de Marzo de 1882  Joaquín Zavala  El Sub-Secretario encargado del Ministerio de la Gobernación  AG. García. -